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801.12AR Spanish Language Access

801.12AR Spanish Language Access

Adopted: November 2023
Revised:January 2025

801.12AR Spanish Language Access

1.           Interpretación y traducción

La comunicación coherente y de calidad entre las familias y el personal de la escuela es fundamental para apoyar el aprendizaje de los estudiantes. El distrito y sus escuelas tomarán medidas destinadas a garantizar una comunicación significativa con los padres/tutores que tengan un dominio limitado del inglés, incluso notificar adecuadamente a los padres/tutores sobre cualquier programa, servicio o actividad que se comunique a los padres/tutores que tienen buen dominio del inglés. Las medidas incluirán lo siguiente:

1.1         Las políticas, los reglamentos y los procedimientos, así como otros materiales esenciales de uso frecuente se traducirán al español y al somalí, y estarán disponibles en los sitios web de la escuela y del distrito.

1.2         Los mensajes importantes de la escuela y del distrito que se transmitan por teléfono, correo electrónico y sitios web se traducirán al español y al somalí.

1.3         La información esencial específica del estudiante, que incluye, por ejemplo, los informes de progreso, los formularios de autorización, los formularios de inscripción y los documentos disciplinarios, se interpretarán de forma oral o se traducirán por escrito a la lengua materna del padre/tutor del estudiante si fuera necesario para garantizar una comunicación significativa. Para los estudiantes que reciben servicios de educación especial, el Aviso de Salvaguardias Procesales y todos los Avisos escritos previos se traducirán por escrito, a menos que no sea posible hacerlo.

1.4         Todos los padres/tutores que necesiten acceso a un servicio de interpretación telefónica aprobado para garantizar una comunicación oportuna y significativa podrán acceder a este previa solicitud.

1.5       Los padres/tutores con dominio limitado del inglés tendrán acceso a un intérprete calificado en persona, a un servicio de interpretación telefónica aprobado o a un servicio de interpretación por video aprobado cuando sea necesario para comunicar de forma oral información específica del estudiante (p. ej., reuniones con los padres) o cuando los padres/tutores lo soliciten. La escuela no contará con intérpretes no calificados.

2.    Identificación y notificación

Se identificará a los padres/tutores que necesiten servicios de acceso al idioma y se les brindará información sobre los servicios de acceso al idioma que estén disponibles para ellos. Las escuelas conservarán la información sobre las necesidades de acceso al idioma de un padre/tutor en el sistema de información de los estudiantes del Distrito 196.

Se colocarán carteles en la entrada de todos los edificios escolares para informar a los padres/tutores que no hablen inglés los recursos de acceso al idioma disponibles, incluido su derecho a solicitar un intérprete sin costo alguno.

3.    Plan de Acceso al Idioma

La Junta Escolar aprobó un Plan de Acceso al Idioma que especifica el proceso y los procedimientos del distrito para prestar asistencia lingüística eficaz a estudiantes y personas adultas que se comunican en un idioma diferente al inglés.

3.1          El Plan de Acceso al Idioma incluye la forma en que el distrito y sus escuelas utilizarán intérpretes de idiomas hablados capacitados o certificados para la comunicación relacionada con los resultados académicos, el progreso, las decisiones y la ubicación de estudiantes en programas y servicios especializados.

3.2          En el plan, se describe cómo se notificará a las familias y comunidades sobre sus derechos en virtud de este plan. El plan está a disposición del público en el sitio web del Distrito 196 y se incluye un resumen en el manual anual de Descripción general de los derechos y las responsabilidades de los estudiantes, junto con un enlace al plan completo.

3.3          La Junta Escolar revisará el Plan de Acceso al Idioma cada dos años y lo actualizará según sea necesario.

3.4          El Plan de Acceso al Idioma está a disposición del personal y este será responsable de su cumplimiento. 

4.    Proceso de reclamos

Pueden presentarse reclamos sobre el rechazo de los servicios de acceso al idioma o la calidad de los servicios prestados personalmente, por correo electrónico a languageservices@district196.org o por correo postal a ISD 196 District Office, Communications Department, 3455 153rd St. W., Rosemount, MN 55068.

 

References:

  • Minnesota Statute 123B.32, Language Access Plan
  • Language Access Plan, District 196 School Board Meeting, January 13, 2025