Desktop Schools Popup

Select a School

707.2AR - Spanish School Bus Safety

707.2AR - Spanish School Bus Safety

Adopted: January 1990
Revised: June 2021

 

Download 707.2AR - Spanish School Bus Safety

1.     Información de Seguridad — El Departamento de Transporte facilitará una variedad de programas para informar a los estudiantes y a otros acerca de la seguridad del transporte de los estudiantes, incluyendo:

1.1     Patrullas de seguridad de quinto grado en todas las rutas de autobuses de la escuela primaria;

1.2     Ejercicios de evacuación de autobuses al menos dos veces al año en todas las escuelas para los estudiantes que viajan en autobús de ida y vuelta a la escuela;

1.3     Programas y asambleas de educación sobre seguridad para estudiantes de escuelas primarias, y

1.4     Publicidad a los padres y al público sobre su responsabilidad como conductores en presencia de autobuses escolares.

2.     Violaciones del Brazo de Parada del Autobús Escolar

2.1     De acuerdo con el Estatuto de Minnesota 169.444, Seguridad de los niños de la escuela; deberes de otros conductores, conductores de coches, camiones y otros vehículos deben parar al menos a 20 pies de distancia de un autobús escolar cuando el mismo se detiene con el fin de recoger o dejar a los niños y está extendiendo el brazo de señal de parada y operando luces rojas intermitentes.

2.2     Los conductores de autobuses escolares que observen una violación de esta ley deben reportarlo a su supervisor(a) en el Procedimiento 707.2.2P, Informe de Violación del Brazo de Parada de Autobús Escolar.

3.     Procedimientos de Emergencia: se responderá a las situaciones de emergencia como se describe en las siguientes publicaciones del Distrito 196: Manual de Procedimientos de Emergencia para Conductores de Autobuses; Procedimiento 707.2.3P, Accidentes de Autobuses Escolares y Manual del Empleado del Departamento de Transporte.

4.     Directrices para Clasificaciones y Servicios para Cruces Peligrosos — El distrito proporcionará servicios de transporte de estudiantes en áreas designadas por el distrito como peligrosas, tal como se describe a continuación.

4.1     Vías ferroviarias — Se proporcionará transporte en autobús para los estudiantes de jardín de infantes a 12º grado que tengan vías ferroviarias entre su casa y su escuela.

4.2     Calles arteriales principales (según lo definido por el Consejo Metropolitano) — Se proporcionará transporte en autobús a los estudiantes de jardín de infantes a 12º grado que tengan una calle arterial principal entre su casa y su escuela.

4.3     Calles arteriales menores (según lo definido por el Consejo Metropolitano) —  Se proporcionará transporte en autobús a los estudiantes de jardín de infantes a 12º grado que tengan una calle arterial menor entre su casa y su escuela.

4.4     Calle colectora (según lo definido por el Consejo Metropolitano) — Se proporcionará transporte en autobús a los estudiantes de jardín de infantes a 12º grado que tengan una calle colectora entre su casa y su escuela si la misma cumple al menos tres de los siguientes cinco criterios:

4.4.1        Ancho de calle superior a 50 pies en el punto de cruce;

4.4.2        No hay aceras ni pasarelas a ambos lados de la calle;

4.4.3        El límite de velocidad registrado es de 35 millas por hora o más en el punto de cruce;

4.4.4        No posee ningún dispositivo de control de tráfico (semáforo, señal de stop, etc.) y/o

4.4.5        Volumen medio diario de tráfico superior a 20.000 vehículos (según lo determinado por el condado de Dakota, con un factor inflacionario de 3,5 por ciento añadido por el distrito para cada año que varía del año de los datos).

5.     Expectativas para el Comportamiento de los Estudiantes en Vehículos del Distrito

5.1     Mientras viajan en un vehículo del distrito, se espera que los estudiantes obedezcan todas las reglas de la escuela y del distrito, incluidas las de la Regulación 503.3AR, Expectativas de Comportamiento Estudiantil y Respuestas por comportamiento (Un «vehículo de distrito» se define como autobuses escolares, furgonetas y automóviles de propiedad o arrendados por el distrito, y los coches y otros vehículos propiedad del personal del distrito y autorizados por el distrito para transportar estudiantes.)

5.2     El/la conductor/a del autobús es responsable de mantener el comportamiento estudiantil apropiado dentro del autobús y tiene autorización para asignar asientos específicos a los estudiantes. El/la conductor/a informará al/ a la director/a de la escuela o al/ a la especialista en conducta estudiantil del Departamento de Transporte sobre los estudiantes que violen las reglas.

5.3     Las cámaras de vídeo se colocan en autobuses como un elemento disuasorio para la mala conducta y la investigación de la misma. Los alumnos están sujetos a ser disciplinados o remitirse a las autoridades en caso de incidentes o de mala conducta registrados por la cámara de video. Si un dispositivo de grabación de vídeo o audio se coloca en un autobús escolar, el autobús también debe contener uno o varios carteles, colocados de forma visible, que notifiquen a los pasajeros que sus conversaciones o acciones pueden ser grabadas.

5.4     Los estudiantes que violen las reglas de la escuela o del distrito mientras viajan en un vehículo del distrito serán disciplinados de acuerdo con la Regulación 503.3AR, Expectativas de Comportamiento Estudiantil y Respuestas por comportamiento, y se les puede negar privilegios de transporte además de otras consecuencias escolares. Si los privilegios de transporte de un/a estudiante son denegados a causa del mal comportamiento del/ de la estudiante, el/la/los padre/madre/padres o tutor(a)/es serán responsables del transporte del/ de la estudiante hacia y desde la escuela.

5.5     Los estudiantes que violen las reglas de la escuela o del distrito mientras viajan en un vehículo del distrito serán disciplinados de acuerdo con la Regulación 503.3AR, Expectativas de Comportamiento Estudiantil Respuestas por comportamiento, y se les puede negar privilegios de transporte además de otras consecuencias escolares. Si los privilegios de transporte de un/a estudiante son denegados a causa del mal comportamiento del/ de la estudiante, el/la/los padre/madre/padres o tutor(a)/es serán responsables del transporte del/ de la estudiante hacia y desde la escuela.

5.6     Los registros de mala conducta dentro del autobús escolar o en una parada de autobús se enviarán a la escuela del/ de la estudiante y se conservarán de la misma manera que otros registros de disciplina estudiantil. Los informes de mala conducta grave serán enviados al Departamento de Seguridad Pública de Minnesota. Los registros también se pueden mantener en el Departamento de Transporte del distrito.

5.7     El/la conductor/a del autobús no hará descender a los estudiantes del vehículo por razones de comportamiento hasta que el autobús llegue al destino final de los mismos.

5.8     Cualquier estudiante que reciba un citatorio de una propiedad escolar por violar las reglas perderá sus privilegios de viajar en autobús hacia/desde esa propiedad.

5.9     Para los estudiantes que tienen planes de educación individual [IEP] las políticas de comportamiento de los estudiantes se pueden ajustar, según lo requieren las leyes y reglamentos federales y estatales.

5.10    Una vez que los alumnos abordan el autobús deben permanecer en el mismo hasta que hayan llegado a la escuela o a la parada que les corresponde.

6.     Expectativas de Comportamiento de los Estudiantes en las Paradas de Autobús — Todas las reglas de la escuela y distrito también se aplican mientras los estudiantes están en las paradas. (Para obtener más información, consulte la Regulación administrativa 503.3AR, Expectativas de Comportamiento del Estudiante y Respuestas por comportamiento). Además, los estudiantes deben cumplir las siguientes reglas mientras se encuentran en las paradas de autobús:

6.1     Llegar a la parada de autobús cinco minutos antes de la hora de recogida programada. (Con el fin de cumplir con el horario, el/la conductor/a del autobús no puede esperar a estudiantes atrasados.);

6.2     Mantenerse alejados de la calle, avenida o carretera mientras esperan el autobús;

6.3     Esperar hasta que el autobús se detenga antes de acercarse al mismo;

6.4     Después de bajar del autobús, alejarse del mismo;

6.5     Subir o bajar del autobús de forma segura (evitar cualquier acción que pueda causar daño a sí mismo/a o a otros), y

6.6     Si es necesario cruzar la calle, siempre cruzar por delante del autobús donde el/la conductor/a pueda ver el cruce, y esperar a que el/la conductor/a señalice que es seguro cruzar.

7.     Responsabilidades de los Padres/Tutores para la Seguridad del Transporte — Los padres y tutores juegan un papel importante en la seguridad del transporte. Se les pide que ayuden a los estudiantes a mantenerse seguros haciendo lo siguiente:

7.1     Familiarizarse con las normas y políticas de distrito relativas a la seguridad de los autobuses escolares;

7.2     Ayudar a los estudiantes a comprender las normas de seguridad y animar a los estudiantes a cumplir las reglas;

7.3     Reconocer su responsabilidad por las acciones de sus hijos;

7.4     Apoyar prácticas de viaje seguras y esfuerzos disciplinarios razonables;

7.5     Procedimientos de apoyo para evacuación de emergencia y otros procedimientos de emergencia del distrito;

7.6     Comunicar preocupaciones de seguridad a los administradores escolares;

7.7     Supervisar las paradas de autobús, si es posible, y

7.8     Apoyar los esfuerzos para mejorar la seguridad de los autobuses escolares.

 

Referencias:

- Metropolitan Development Guide (Guía para el Desarrollo Metropolitano), Consejo Metropolitano, diciembre de 1996
- Estatuto de Minnesota 123B.90, Entrenamiento de seguridad de autobuses escolares
- Estatuto de Minnesota 123B.91, Responsabilidades de seguridad del autobús del distrito escolar
- Estatuto de Minnesota 169.28, Ciertos vehículos a parar en el cruce del ferrocarril
- Estatuto de Minnesota 169.444, Seguridad de los menores escolares; obligaciones de otros conductores
- Estatuto de Minnesota 169.447, Autobús escolar y seguridad del autobús Head Start