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602.4AR - Spanish Requirements for Graduation

602.4AR - Spanish Requirements for Graduation

Adopted: April 1978
Revised: February 2025

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1.            Requisitos de Créditos de la escuela preparatoria

1.1      Cada estudiante deberá completar satisfactoriamente 66 créditos de trabajo del curso en el nivel de la escuela preparatoria, del 9.º al 12.º grado inclusive, para ser elegible para la graduación de la escuela preparatoria, como se especifica a continuación. (Los detalles de estos requisitos se publican en las guías de inscripción de la escuela preparatoria.) 

1.1.1          Lengua y Literatura: cuatro años (12 créditos) son suficientes para satisfacer los estándares académicos en Lengua y Literatura Inglesas.

1.1.2          Estudios Sociales: cuatro años (12 créditos) son suficientes para cumplir con los estándares académicos en esta área, lo que incluye créditos por un curso de Gobierno y Ciudadanía en el grado 11.º o 12.º, así como una combinación de otros créditos que aborden al menos Historia de EE. UU., Geografía, Gobierno y Ciudadanía, Historia Mundial y Economía.

1.1.3          Ciencias: tres años (nueve créditos), lo que incluye tres créditos para cumplir con los estándares de Ciencias de la Tierra y el Espacio, tres créditos para cumplir con los estándares de Ciencias de la Vida y tres créditos para cumplir con los estándares de Química o Física.

1.1.4          Matemáticas: tres años (nueve créditos) son suficientes para cumplir con los estándares académicos en esta área.

1.1.5          Otros: 24 créditos, incluidos los cursos obligatorios en Artes, Salud, Finanzas Personales y Educación Física, como se detalla a continuación.

1.1.5.1   Arte: (tres créditos);

1.1.5.2   Salud: (dos créditos); 

1.1.5.3   Educación Física: (tres créditos); y

1.1.5.4   Finanzas Personales: (un crédito) (válido para estudiantes que comienzan el 9.º grado en el año escolar 2024-2025 o posteriormente).

1.2      Crédito de curso por evaluación: cada estudiante puede recibir créditos por uno o más cursos requeridos u optativos a través de un proceso de evaluación.

1.2.1          Un/ a estudiante no puede intentar recibir crédito por evaluación para un curso si:

1.2.1.1   El/ la estudiante ha intentado previamente recibir crédito mediante evaluación para ese curso;

1.2.1.2   El estudiante se inscribió previamente en ese curso; o

1.2.1.3   El estudiante no mantiene su estatus de estudiante a tiempo completo en la escuela.

1.2.2          El/ la estudiante que desee recibir crédito por evaluación para cursos correlativos deberá hacerlo en secuencia.

1.2.3          Un/ a estudiante que desee recibir crédito por evaluación para un curso que tiene un requisito previo primero debe completar satisfactoriamente o recibir crédito por evaluación para el curso previo.

1.2.4          Para recibir crédito por evaluación para un curso, el/ la estudiante deberá pasar por el siguiente proceso:

1.2.4.1   Hablar sobre la solicitud con un/ a consejero/ a;

1.2.4.2   Procedimiento Completo 602.4P, Crédito de Curso por Evaluación: Solicitud de examen fuera de un curso: debe entregarse en la oficina de orientación de la escuela preparatoria al menos un trimestre (o un cuatrimestre) completo antes del inicio del curso; y

1.2.4.3   Completar satisfactoriamente la evaluación requerida para el curso dentro de la línea de tiempo especificada.

1.2.5          Cuando un/ a estudiante solicita recibir crédito por evaluación para un curso en particular, se establecerán los requisitos para otorgar el crédito. Una vez que se hayan establecido los requisitos de crédito para un curso en particular, se utilizarán esos mismos requisitos cuando otros estudiantes soliciten crédito por evaluación para el mismo curso.

2.            Preparación para la Universidad y Carrera

2.1          A los estudiantes de 11.º  y 12.º grados se les debe ofrecer la oportunidad de participar en un examen de ingreso a la universidad reconocido a nivel nacional durante un día escolar.

2.2          A los estudiantes de educación especial de 11.º grado que cumplan ciertos criterios se les debe ofrecer la oportunidad de participar en el Examen de Habilidades Académicas de Minnesota (MTAS).

3.            Informes y Notificaciones a los Padres, Tutores y Estudiantes

3.1      Requisitos de graduación: a más tardar 30 días hábiles después de la fecha en que un/a estudiante ingresa a noveno grado o se transfiere al distrito durante o después del noveno grado, el distrito proporcionará al/ a la estudiante y a sus padres o tutores un aviso por escrito sobre lo siguiente:

3.1.1          Requisitos de graduación;

3.1.2          Actividades de exploración y planificación de interés profesional o educación postpreparatoria;

3.1.3          Supervisar el desarrollo y el crecimiento de la preparación profesional y universitaria de cada estudiante; y 

3.1.4          La oportunidad para que los estudiantes participen en un examen de ingreso a la universidad reconocido a nivel nacional durante un día escolar.

3.2          Resultados de la evaluación: a más tardar 90 días después de que un/ a estudiante realice un examen de ingreso a la universidad, el distrito proporcionará al/ a la estudiante y a sus padres o tutores un aviso por escrito de los resultados del examen de ingreso a la universidad.

4.        Mantenimiento de registros: el distrito mantendrá un registro de cada estudiante que incluye el examen de ingreso a la universidad realizado y sus resultados. El progreso individual de los estudiantes se registrará de la siguiente manera:

4.1              En el caso de los estudiantes que realicen un examen de ingreso a la universidad en condiciones normales o con una adaptación; y

4.2              En el caso de los estudiantes que aprueben un MTAS con una modificación establecida en un Plan de Educación Individual (IEP) o en el plan de adaptaciones en la Sección 504 (Plan 504).

5.        Estudiantes con un Plan de Educación Individual (IEP) o un Plan de la Sección 504 (Plan 504)

5.1              El equipo de estudio del niño o de la Sección 504 tratará los requisitos de graduación para estudiantes con un IEP o un plan de la Sección 504 a partir del 9.º grado, de acuerdo con el Estatuto de Minnesota, sección 120B.024, Créditos. 

5.2              Cada estudiante con un IEP o un plan de la Sección 504 recibirá un diploma de preparatoria igual al de los demás estudiantes una vez que cumpla satisfactoriamente con los requisitos establecidos en su IEP o plan de la Sección 504 definidos por el equipo de plan correspondiente:

5.2.1      Las clases que los estudiantes de educación regular deben completar para obtener un diploma de preparatoria y que son adecuadas y alcanzables para estudiantes con un IEP o plan de la Sección 504, y

5.2.2      Cumple con los requisitos individualizados de graduación descritos en el plan «IEP» o 504. 

5.3              Los estudiantes con un «IEP» recibirán crédito por instrucción de educación especial. La sustitución de crédito se especificará en el «IEP».

6.        Estudiantes de Experiencia Laboral

6.1              Los estudiantes de 11.º y 12.º grados inscritos en programas de experiencia laboral recibirán un crédito por trimestre por completar con éxito el seminario. Cada estudiante recibe un máximo de dos créditos por trimestre por el trabajo realizado durante las horas escolares en un programa de formación laboral.

6.2              Los estudiantes matriculados en programas de experiencia laboral deben cumplir con todos los requisitos de graduación para su nivel de grado. Los estudiantes matriculados en un programa de experiencia laboral deben cursar no menos de tres asignaturas obligatorias cada trimestre (sin incluir el seminario). Esto no incluye créditos optativos.

7.        Escuela de verano- el Distrito 196 puede ofrecer oportunidades para que cada estudiante obtenga los créditos necesarios para la graduación a través de programas de verano.

8          Estudiantes de transferencia- se espera que cada estudiante que se traslade al Distrito 196 cumpla con los requisitos de graduación a partir de la fecha de entrada. 

8.1              Créditos de Curso: todos los créditos de cursos aprobados ganados en escuelas públicas previamente asistidas serán aceptados por el Distrito 196 como parte del requisito del estudiante para completar con éxito 66 créditos, como se describe en la sección 1, arriba.

8.1.1        El Distrito 196 intentará determinar el contenido de los cursos, programas y otras experiencias educativas para acreditar a cada estudiante de la manera más completa posible por su aprendizaje previo. Esta determinación puede incluir solicitar a cada estudiante o a la institución que envió la información que verifiquen el contenido de los cursos y programas completados cuando no esté claro en el expediente académico u otra documentación.

8.2              Créditos de Cursos de Escuelas No públicas y En Casa Escuela: Cuando un estudiante de escuela no pública o en casa se transfiere al Distrito 196, los créditos serán evaluados por el director o designado.

8.2.1      Si las escuelas no públicas y domésticas están acreditadas por una agencia de acreditación reconocida por Minnesota, el distrito:

8.2.1.1   Aceptará todos los créditos certificados en la transcripción;

8.2.1.2   Equiparará todo el currículo y/ o contenido del curso transferido con el currículo del Distrito 196 y/o contenido del curso;

8.2.1.3   Aceptará todas las calificaciones de las letras; 

8.2.1.4   Aceptará todas las pruebas estandarizadas que cumplan los requisitos del Distrito 196 para la graduación;

8.2.1.5   Calculará el rango de clase y el promedio de puntos de calificación a partir de la transcripción del estudiante, y

8.2.1.6   Exigirá que el/ la estudiante esté matriculado/ a en el Distrito 196 durante los últimos dos cuartos/ trimestres de su último año para recibir un diploma del Distrito 196.

8.2.2      Si las escuelas no públicas y domésticas no están acreditadas por una agencia de acreditación reconocida por Minnesota, el distrito:

8.2.2.1   Revisará la transcripción e intentará equiparar todo el currículo y/ o contenido del curso transferido con el currículo del Distrito 196 y/ o el contenido del curso; 

8.2.2.2   Aceptará todas las pruebas estandarizadas que cumplan los requisitos del Distrito 196 para la graduación;

8.2.2.3   Calculará el rango de clases y el promedio de calificaciones solo si se otorgaron calificaciones con letras; y

8.2.2.4   Exigirá que el/ la estudiante esté matriculado/a en el Distrito 196 durante todo su último año para recibir un diploma del Distrito 196.

8.2.2.5   Es posible que se requiera documentación satisfactoria del currículo y/ o contenido del curso antes de otorgar calificaciones de crédito y letra.

9.            Otros Créditos

9.1          Correspondencia: los créditos optativos obtenidos a través de cursos por correspondencia acreditados se aceptarán cuando la dirección de la escuela preparatoria los haya acordado y aprobado previamente. Se permitirá la recuperación de créditos para cada estudiante de último año que los necesite para la graduación en primavera. 

9.2          Estudiar en el Extranjero Los créditos obtenidos por los estudiantes que estudian en el extranjero (por ejemplo, estudiantes de American Field Service [AFS]) serán evaluados por el director de la escuela preparatoria y pueden ser aprobados y aplicados para cumplir con los requisitos de graduación. 

9.3          Programa de Opciones de Inscripción Postpreparatoria (PSEO): los créditos obtenidos a través del PSEO son aceptables cuando se han hecho arreglos previos y la aprobación ha sido otorgada por el director de la escuela preparatoria.

9.4          Programa de Diploma ABE (Educación Básica para Adultos): las personas adultas de 21 años o más y los estudiantes de 16 a 20 años pueden obtener créditos a través del Programa de Diploma ABE del Distrito 196. Los estudiantes reciben un diploma de una escuela preparatoria del Distrito 196.

9.4.1          Cuando sea contactado/ a por un candidato para el programa, se intercambiará información sobre las necesidades de crédito entre la escuela preparatoria original del estudiante y el Programa de Diploma ABE. El personal del Programa de Diploma ABE consultará con el personal apropiado de la escuela preparatoria con respecto a la siguiente información:

9.4.1.1                   Confirmación del apoyo para la inscripción del estudiante en el Programa de Diploma ABE; y

9.4.1.2                   Descripción de los créditos que cada estudiante necesita para cumplir con los requisitos de graduación.

9.4.2          En el caso de los estudiantes de 16 a 20 años, el consejero de la escuela preparatoria identificada del Distrito 196 evaluará el progreso del estudiante en el Programa de Diploma ABE al final de cada sesión. 

9.4.3          Con la aprobación de la dirección de la escuela preparatoria correspondiente del Distrito 196, los estudiantes podrán obtener créditos del Programa de Diploma ABE mediante asistencia dual, si continúan asistiendo a tiempo completo a su escuela preparatoria original y buscan créditos adicionales en el Programa de Diploma ABE después de la jornada escolar.

9.4.4          Los estudiantes del Programa de Diploma ABE deben adherirse a las políticas de ABE con respecto a los requisitos de asistencia, créditos y estándares de graduación, y a las políticas del Distrito 196 sobre el comportamiento de los estudiantes.

10.          Programa de incentivos de graduación: una persona puede asistir a una escuela del distrito, el Centro de Aprendizaje de Área del Distrito 196 o el Programa de Diploma ABE siempre que cumpla con ciertos requisitos específicos. Para obtener más información, consulte la Reglamento administrativo 502.4.2AR, Transferencias de Estudiantes: Programa Estatal de Incentivos de Graduación                                                                                                                                                                                         

References:

  • Minnesota Statute 120B.02, Educational expectations and graduation requirements for Minnesota’s students 
  • Minnesota Statute 120B.021, Required academic standards
  • Minnesota Statute 120B.024, Credits 
  • Minnesota Statute 120B.125, Planning for students’ successful transition to post-secondary education and employment; personal learning plans 
  • Minnesota Statute 120A.24, subd.2, Availability of documentation
  • Minnesota Statute 120B.30, General requirements; statewide assessments
  • Minnesota Statute 123B.445,  Nonpublic Education Council 
  • Minnesota Statute 124D.68, Graduation incentives program
  • MSBA/MASA Model Policy 613