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502.4.3AR - Spanish Student Transfers: Parent/Guardian/Adult Student Request

502.4.3AR - Spanish Student Transfers: Parent/Guardian/Adult Student Request

Adopted: November 1979
Revised: January 2022

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1.        Autorización: El superintendente designa la autoridad para aprobar o denegar los traslados a los directores de educación primaria (para los alumnos de los grados k-5), de educación secundaria (para los alumnos de los grados 6-12) y de educación especial (para los alumnos de los programas de educación especial en centros).

2.        Criterios: Al aprobar o denegar las solicitudes de traslado de los padres, tutores o estudiantes adultos, el director correspondiente aprobará a los solicitantes basándose en el espacio disponible en la escuela solicitada o según lo permitido por el Procedimiento 502.2P, Prioridades de Asistencia para Estudiantes de Traslado.

2.1     Cuando el número de solicitantes que pidan una escuela en particular con cupos disponibles sea igual o menor que el número de cupos disponibles en esa escuela, se aceptarán todos los solicitantes.

2.2     Cuando el número de solicitantes que piden una escuela en particular es mayor que el número de cupos disponibles en esa escuela, los solicitantes que serán aceptados serán elegidos según lo dispuesto en el Procedimiento 502.2P, Prioridades de Asistencia de los Estudiantes Transferidos.

2.3     Los solicitantes que pidan escuelas sin cupos disponibles o que no sean elegidos según lo dispuesto en la sección 2.2 anterior, tendrán la oportunidad de solicitar el traslado a una escuela con cupos disponibles o de inscribirse en una lista de espera para la escuela solicitada. Los solicitantes en lista de espera serán aprobados para el traslado siempre y cuando haya espacio disponible en la escuela solicitada.

2.4     Un estudiante que es aceptado para una transferencia a una escuela secundaria del Distrito 196 puede ser elegible para la competencia del escuadrón A ( equipo universitario) si es permitido por los estatutos de la Liga de Escuelas Secundarias del Estado de Minnesota.

3.       Proceso de Solicitud

3.1     Residente del Distrito 196: Completar el Procedimiento 502.4P, Solicitud de Transferencia de Estudiantes dentro del Distrito y presentarla al supervisor de información estudiantil del Distrito 196.

3.1.1   Las solicitudes para estudiantes de primaria, secundaria y preparatoria deben presentarse para el siguiente año escolar antes de la fecha límite identificada en el Procedimiento 502.4P, Solicitud de Transferencia de Estudiantes dentro del Distrito.

3.1.1.1          Las solicitudes que se reciban después de estas fechas límite se tratarán caso por caso.

3.1.1.2          Las solicitudes de traslado para un año escolar concreto se aceptarán no antes del 1 de septiembre del año escolar anterior.

3.2     No Residente: Completar el Procedimiento 502.4.1P, Solicitud de Participación en el Programa de Opciones de Inscripción del Estado, y presentar al supervisor de información estudiantil del Distrito 196.

3.2.1   El distrito puede requerir al padre o tutor o al estudiante adulto que entregue información del distrito escolar residente. 

3.2.2   Si se aprueba la solicitud de un no residente, se enviará al distrito residente una copia del Procedimiento 502.4.1P, Solicitud de participación en el Programa de Opciones de Inscripción del Estado.

3.3     Las escuelas Magnet utilizan un proceso de inscripción separado que se detalla en el Procedimiento 502.3P, Prioridades de Asistencia para Estudiantes Transferidos - Escuelas Magnet.

4.       Duración y Calendario

4.1     La solicitud será aprobada o denegada por el director correspondiente. A menos que el director apruebe lo contrario, todos los traslados se harán efectivos al comienzo del nuevo curso escolar.

4.2     Residente del Distrito 196: Las transferencias dentro del distrito expiran al final de un nivel.

4.3     Traslados de No Residentes: Interdistritales (inscripción abierta) no caducan pero la colocación en el siguiente nivel se determina por la disponibilidad de cupos.