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502.4.1AR - Spanish Student Transfers: State Enrollment Options Program

502.4.1AR - Spanish Student Transfers: State Enrollment Options Program

Adopted: December 1977
Revised: June 2016

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1.   Autorización- el superintendente designa la autoridad para aprobar o denegar transferencias a los directores de educación primaria (para estudiantes en los grados k-5), educación secundaria (para estudiantes en los grados 6-12) y educación especial (para estudiantes en programas de educación especial basados en el centro).

2.   Criterios- los padres, tutores o estudiantes adultos de 18 años o más que no sean residentes del Distrito 196 pueden solicitar la inscripción de estudiantes en el Distrito 196 a través del programa de opciones de inscripción estatal.

3.   Proceso de Solicitud

3.1    Para iniciar una solicitud de transferencia, el padre, madre o tutor/a del/ de la estudiante, o el estudiante adulto, deberá completar el Procedimiento 502.4.1P, Programa de Formulario de Opciones de Inscripción Estatal y enviarlo al Supervisor de Información Estudiantil, Distrito Escolar Independiente 196, 3455 153 rd Street West, Rosemount, MN 55068. (Se recomienda encarecidamente a los aplicantes que soliciten la escuela y/o el programa al que desean asistir en el formulario de solicitud. Si más de uno es aceptable, el/la solicitante debe enumerar las escuelas y/o programas en orden de preferencia).

3.2    El número de estudiantes no residentes aceptados para la inscripción en el distrito puede limitarse a un número no menor que el menor de: 1) uno por ciento de la matrícula total en cada nivel de grado en el distrito; o 2) el número de residentes del distrito en ese nivel de grado matriculados en un distrito no residente bajo el Programa de Opciones de Inscripción. Si la Junta Escolar limita la inscripción de esta manera, debe tomar acción anualmente, antes del 1 de enero de cada año.

3.3    Si el distrito recibe más solicitudes que las vacantes disponibles en un nivel de grado específico, se debe realizar una selección aleatoria después de la fecha límite del 15 de enero para determinar qué estudiantes recibirán vacantes con prioridad para hermanos, solicitantes relacionados con un plan de integración y logros aprobado, e hijos de miembros del personal del distrito.

3.4    Las solicitudes para que los estudiantes se transfieran a los niveles de grado en los que hay cupos disponibles serán aprobadas o denegadas por el/la director/a apropiado/a o la persona designada mediante el siguiente proceso:

3.4.1   Cuando el número de aplicantes que solicitan una escuela en particular con vacantes disponibles es igual o menor que el número de vacantes disponibles en esa escuela, todos los solicitantes serán aceptados.

3.4.2   Cuando el número de aplicantes que solicitan una escuela en particular es mayor que el número de cupos disponibles en esa escuela, los solicitantes que se aceptarán serán seleccionados al azar. 

3.4.3   Los aplicantes que soliciten escuelas sin espacio disponible o que no sean elegidos en el lote mencionado en la sección 3.4.2 anterior, tendrán la oportunidad de solicitar ser transferidos a una escuela con cupos disponibles. Las solicitudes de personas que cambien su solicitud a una escuela con cupos disponibles serán aceptadas o denegadas según el proceso descrito en 3.4.1 y 3.4.2 anteriormente.

4.   Duración y Tiempo -  los estudiantes que ingresen al distrito a través del programa de opciones de inscripción estatal podrán permanecer en el distrito hasta el grado 12; sin embargo, al cambiar de nivel (es decir, de primaria a intermedia o de intermedia a secundaria), la ubicación estará determinada por la disponibilidad de vacantes.

                                                                                                                                                                 

Referencias: -  Estatuto 124D.03 de Minnesota, Programa de Opciones de Inscripción