Adopted: August 1999
Revised: January 2022
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1. Visión general — Este procedimiento se utilizará para implementar las prioridades de asistencia descritas en la Política 502, Transferencias de Estudiantes.
2. Proceso de Selección
2.1 Se permiten transferencias a las escuelas, independientemente de la inscripción, para guarderías dentro del distrito para estudiantes de escuela primaria (k-5), inscripción continua de estudiantes de 11 ° y 12 ° grado, la intención de establecer la residencia para estudiantes de k-12, y ciertas transferencias basadas en los ajustes del área de asistencia, según lo autorizado por el Consejo Escolar el 13 de diciembre de 2021. Estos traslados permitidos se describen en el apartado 3.1 a continuación.
2.2 Se aceptarán transferencias a escuelas con cupos disponibles en el orden de prioridad que se indica a continuación, y todas las transferencias que involucren a los residentes del Distrito 196 (dentro del distrito) tendrán prioridad sobre todas las transferencias que involucren a estudiantes que viven fuera del Distrito 196 (entre distritos), excepto las transferencias mencionadas en la sección 4.1 más abajo.
2.3 Con la excepción de las transferencias permitidas descritas en la sección 3.1, las solicitudes dentro del distrito recibidas en la fecha límite de solicitud se clasificarán mediante un proceso de selección aleatorio. Las solicitudes pueden permanecer ordenadas por rango de un año escolar al siguiente para el mismo nivel (es decir, primaria, intermedia y secundaria). Las aplicaciones se aprueban a medida que haya cupos disponibles. Las solicitudes recibidas después de la fecha límite se examinan caso por caso.
2.4 Las prioridades que figuran a continuación se aplican entre las escuelas del mismo nivel (primaria a primaria, intermedia a intermedia o secundaria a secundaria) y no entre escuelas de un nivel a otro (primaria a intermedia o intermedia a secundaria).
3. Primera Prioridad: Transferencias Dentro del Distrito — Las prioridades a continuación son para los estudiantes que viven en el Distrito 196. Una vez que un/a estudiante ha sido aceptado/a en una escuela fuera de su área de asistencia, puede permanecer en la escuela durante ese nivel (por ejemplo, los estudiantes de primaria son aceptados hasta el quinto grado, los estudiantes de secundaria hasta el octavo grado y los estudiantes de secundaria hasta el 12° grado), excepto para los traslados de guardería, que son examinados y considerados anualmente.
3.1 Transferencias Permitidas – Una vez completado el Procedimiento 502.4P, Solicitud de Transferencia de Estudiantes dentro del Distrito, se permiten las siguientes transferencias independientemente de la inscripción.
3.1.1 Los estudiantes de escuela secundaria que han estado asistiendo a una escuela secundaria del Distrito 196 (porque viven en el área de asistencia de esa escuela secundaria o mediante una transferencia aprobada), que califican para continuar asistiendo a esa escuela secundaria a través de la ley estatal sobre la inscripción continua para estudiantes de 11° y 12º grado. Véase la Regulación 502.4.8AR, Traslados de Estudiantes: Inscripción Continua de Estudiantes de 11° y 12º grado.
3.1.2 Estudiantes de escuelas primarias (grados k-5) que viven en una zona de asistencia pero están recibiendo servicio de guardería en el área de asistencia de otra escuela. Véase la Regulación 502.4.4AR, Traslados de Estudiantes: Guardería para Estudiantes de Grados K-5.
3.1.3 Estudiantes K-12 cuyos padres tienen la intención de cambiar su residencia de un área de asistencia escolar a otra y que han presentado la solicitud y los documentos apropiados al distrito. Véase la Regulación 502.4.5AR, Traslados de Estudiantes: Intención de Establecer Residencia.
3.1.4 Los estudiantes afectados por el ajuste de la zona de asistencia aprobado por el Consejo Escolar el 13 de diciembre de 2021 que son elegibles para la preferencia de los hermanos, la preferencia de los hermanos ampliada ("preferencia familiar"), con la excepción del mandarín (" Excepción de la senda del idioma mandarín") o que de otra manera califican para una transferencia permitida bajo la implementación gradual autorizada por el Consejo Escolar.
3.2 Transferencias Restringidas — Después de completar el Procedimiento 502.4P, Solicitud de Transferencia de Estudiantes Dentro del Distrito, las siguientes transferencias son consideradas sobre la base de cupos disponibles en el siguiente orden:
3.2.1 Los estudiantes que estaban en los grados K- 7 en el momento de los ajustes del área de asistencia de la Junta Escolar del 13 de diciembre de 2021 (estudiantes que se gradúan en 2034 o antes) que residían en las áreas de asistencia afectadas en el momento de la acción de la Junta Escolar y son elegibles para la Preferencia Intra-Distrito ampliada autorizada por la Junta Escolar. Los estudiantes deben solicitar para el siguiente año escolar antes de la fecha límite identificada en el Procedimiento 502.4P, Solicitud de Transferencia de Estudiantes Dentro del Distrito y serán clasificados usando un proceso de selección al azar. Las solicitudes que se reciban después de la fecha límite se procesarán según el orden en que se reciban.
3.2.2 Todos los demás estudiantes de K-12 que solicitan en base a la petición de los padres/tutores. Los estudiantes deben solicitar para el siguiente año escolar antes de la fecha límite identificada en el Procedimiento 502.4P, Solicitud de Transferencia de Estudiantes Dentro del Distrito y serán clasificados usando un proceso de selección al azar. Las solicitudes que se reciban después de la fecha límite se procesarán según el orden en que se reciban.
3.2.3 Los solicitantes de la escuela secundaria no pueden solicitar la transferencia antes del año del octavo grado; los solicitantes de transferencia de escuela intermedia no pueden solicitar la transferencia antes del año de quinto grado, y los solicitantes de transferencia de la escuela primaria no pueden solicitar la transferencia hasta que cumplan cuatro años de edad.
4. Segunda Prioridad: Transferencias Entre Distritos — Las prioridades a continuación son para los estudiantes que viven fuera del Distrito 196.
4.1 Transferencias Permitidas
4.1.1 Estudiantes de escuela secundaria que han estado asistiendo a una escuela secundaria del Distrito 196, que califican para continuar asistiendo a esa escuela secundaria a través de la ley estatal sobre la inscripción continua de estudiantes de 11 ° y 12 ° grado. Véase la Regulación 502.4.8AR, Traslados de Estudiantes: Inscripción Continua de Estudiantes de 11° y 12º grado.
4.1.2 Estudiantes de K-12 cuyos padres tienen la intención de cambiar de residencia desde fuera del Distrito 196 hacia el Distrito 196, y que han presentado la solicitud y los documentos apropiados ante el/la supervisor/a de información estudiantil del Distrito 196. Véase la Regulación 502.4.5AR, Traslados de Estudiantes: Intención de Establecer Residencia.
4.1.3 Estudiantes K-12 que están en el distrito a través del programa de opciones de inscripción estatal y quieren continuar asistiendo a la escuela a la que han estado asistiendo.
4.2 Transferencias Restringidas — Todas las solicitudes se consideran sobre la base de cupos disponibles.
Referencia: - Ajustes del Área de Asistencia, Reunión del Consejo Escolar del Distrito 196, 13 de diciembre de 2021 Anexo G3