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502 - Spanish Student Transfers

502 - Spanish Student Transfers

Adopted: December 1976
Revised: November 2024

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1.  Parámetros de Asistencia

1.1   La escuela a la que asiste un/a estudiante menor de 18 años se basa en la residencia del/de la estudiante y su padre o madre con custodia o tutor/a legal. 

1.2   La escuela a la que asiste un/a estudiante de 18 años o más se basa en la residencia del/de la estudiante.

2.  Prioridades de Asistencia- la prioridad de asistencia en las escuelas del Distrito 196 se dará en el siguiente orden:

2.1   A los estudiantes que viven en el área de asistencia de la escuela solicitada;

2.2   A los estudiantes que viven dentro del Distrito 196 pero fuera del área de asistencia de la escuela solicitada, y

2.3   A los estudiantes que viven fuera del Distrito 196.

3.  Parámetros para la Transferencia de Estudiantes - La Mesa Directiva autoriza al superintendente para diseñar e implementar regulaciones y procedimientos para permitir que los residentes y no residentes del Distrito 196 soliciten en qué escuela del Distrito 196 o programa de educación especial basado en el centro se inscribirá su estudiante. Consulte la sección 4, Opciones de Transferencia.

3.1   Las solicitudes de transferencia de una escuela del Distrito 196 a otra escuela del Distrito 196 (transferencia dentro del distrito) y desde fuera del Distrito 196 a una escuela del Distrito 196 (transferencia entre distritos) se considerarán individualmente según las opciones de transferencia en la sección 4 y los reglamentos y procedimientos relacionados. 

3.2   A menos que se indique específicamente lo contrario, todos los estudiantes que se transfieran serán asignados a escuelas que tengan espacio disponible según la capacidad edilicia más un cinco por ciento para los residentes del distrito y la capacidad edilicia para no residentes según lo determinado por los directores de educación primaria (para los grados k-5), educación secundaria (para los grados 6-12) y educación especial (quienes determinarán la capacidad de los programas de educación especial basados en el centro según las leyes y políticas del distrito).

3.3   Al determinar el espacio disponible para transferencias de estudiantes entre distritos e intradistrito, los directores de educación primaria (grados k-5), educación secundaria (grados 6-12) y educación especial (programas de educación especial basados en el centro) tienen la autoridad para determinar, ceder, aumentar o reducir las cifras de capacidad de una escuela o programa, según sea necesario, caso por caso.

3.4   La Escuela de Estudios Ambientales (para estudiantes de tercer y cuarto año que son aceptados para asistir a SES a través de un proceso de solicitud por separado) no está abierta a los tipos de transferencias que se describen en la sección 4.

3.5   Las Escuelas Magnet usan un proceso de inscripción por separado que se detalla en el Procedimiento 502.3P, Prioridades de Asistencia para Estudiantes de Transferencia - Escuelas Magnet.

3.6   Transportación

3.6.1   La transportación de estudiantes transferidos dentro del distrito (excepto como se menciona en las secciones 3.6.2 y 3.6.3) es responsabilidad del padre, madre o tutor/a del/ de la estudiante, o del/de la estudiante adulto/a de 18 años o más. Si lo solicita el padre, madre, tutor/a o estudiante adulto/a (usando el Procedimiento 707.7.1P, Solicitud para Viajar en Autobuses Existentes para Estudiantes Transferidos Dentro del Distrito o 707.7.3P, Solicitud para viajar en autobús para estudiantes transferidos dentro del distrito - Escuelas Magnet), un/a estudiante transferido/a dentro del distrito puede viajar en un autobús escolar del Distrito 196 siempre que estén presentes las siguientes condiciones. Si alguna de las siguientes condiciones cambia, el permiso para viajar en el autobús escolar puede ser revocado.

3.6.1.1  Hay una ruta de autobús existente;

3.6.1.2  El/la estudiante puede estar en una parada de autobús existente;

3.6.1.3  No es necesario cambiar la ruta de los autobuses, y

3.6.1.4  Hay espacio no asignado disponible en el autobús.

3.6.2   Para los estudiantes que se transfieran de una escuela a otra en el Distrito 196 por motivos de guardería, se proporcionará transporte como se describe en la Política 707, Transporte de Estudiantes (sección 1.6, Transporte para Estudiantes de Escuelas Primarias en Guarderías) y el Reglamento 707.2AR, Seguridad en el Autobús Escolar.

3.6.3   Se proporcionará transporte a los estudiantes que sean elegibles para recibir transporte debido a ciertas transferencias de ajuste del área de asistencia según lo autorizado por la junta escolar el 13 de diciembre de 2021 y el 4 de noviembre de 2024. La elegibilidad para el transporte tiene una duración limitada.

3.6.4   El transporte de los estudiantes transferidos entre distritos es responsabilidad del padre, madre o tutor/a del estudiante, o del/de la estudiante adulto/a de 18 años o más. Si el padre, madre, tutor/a o estudiante adulto/a solicita el servicio (utilizando el Procedimiento 707.7.2P, Solicitud para Viajar en Autobuses Existentes para Estudiantes Transferidos entre Distritos), un/a estudiante transferido/a entre distritos puede viajar en un autobús escolar del Distrito 196 dentro de los límites del Distrito 196 de acuerdo con la ley estatal.

4.  Opciones de Transferencia

4.1   Programa de Opciones de Inscripción Estatal : de acuerdo con el estatuto 124D.03 de Minnesota, subd. 2, el Distrito 196 puede limitar el número de estudiantes no residentes que se transfieren al distrito bajo el Programa de Opciones de Inscripción del Estado a un número no menor que el menor de: 1) uno por ciento de la matrícula total en cada nivel de grado en el distrito; o 2) el número de residentes del distrito en ese nivel de grado matriculados en un distrito no residente bajo el Programa de Opciones de Inscripción. Si la Junta Escolar limita la inscripción de esta manera, debe tomar acción anualmente, antes del 1 de enero de cada año. Para obtener más información, consulte la Regulación 502.4.1AR, Transferencias de Estudiantes:  Programa de Opciones de Inscripción Estatal

4.2   Programa Estatal de Incentivos para la Graduación- de acuerdo con el Estatuto 124D.68 de Minnesota, Programa de Incentivos para la Graduación, el superintendente desarrollará e implementará reglamentos y procedimientos para facilitar las transferencias para los estudiantes que califiquen bajo este programa.  Para obtener más información, consulte la Regulación 502.4.2AR, Transferencias de Estudiantes:  Programa Estatal de Incentivos de Graduación

4.3    Inscripción Continua de un/a Estudiante de 11° o 12° Grado- de acuerdo con el Estatuto de Minnesota 124D.08, subd. 3, un/a estudiante de 11° o 12° grado que ha estado inscrito/a en una escuela del Distrito 196 y cuyo padre, madre o tutor/a se ha mudado a otra área de asistencia escolar del Distrito 196 u otro distrito, o un/a estudiante de 11° o 12° grado que tiene 18 años de edad o más y se ha mudado a otra área de asistencia escolar del Distrito 196 u otro distrito, puede solicitar continuar inscrito/a en la escuela del Distrito 196 a la que ha estado asistiendo.  Para obtener más información, consulte la Regulación 502.4.8AR, Transferencias de Estudiantes:  Inscripción Continua de Estudiantes de 11° y 12º Grado.

4.4   Acuerdos de Matrícula para Estudiantes de Educación Especial o Estudiantes Clasificados para Recibir Atención y Tratamiento

4.4.1   El Distrito 196 pagará la matrícula para los estudiantes residentes que reciben educación especial o servicios de atención y tratamiento en otros distritos escolares, si se determina que dicho servicio es apropiado a través del proceso de estudio infantil o la colocación de una agencia externa. Para obtener más información, consulte la sección 1 del Procedimiento 502.4.6P, Acuerdos de Matrícula:  Estudiantes que reciben Educación Especial o Atención y Tratamiento.

4.4.2   El distrito 196 cobrará matrícula a los estudiantes no residentes que reciban
educación especial o servicios de atención y tratamiento en una instalación ubicada dentro de los límites del Distrito 196. Para obtener más información, consulte la sección 2 del Procedimiento 502.4.6P, Acuerdos de Matrícula: Estudiantes que reciben Educación Especial o Atención y Tratamiento.

4.5    Intención de Establecer Residencia : las solicitudes de transferencia se considerarán según los planes de residencia del padre, madre o tutor/a del estudiante o del/de la estudiante adulto/a (de 18 años o más).  Para obtener más información, consulte la Regulación 502.4.5AR, Transferencias de Estudiantes:  Intención de Establecer Residencia.

4.6    Guardería- las transferencias deben realizarse considerando la satisfacción de las necesidades de guardería de los estudiantes de jardín de infantes a quinto grado. Para obtener más información, consulte la Regulación 502.4.4AR, Transferencias de Estudiantes: Guardería para Estudiantes de Grados K-5.

4.7    Ajustes del área de asistencia: Las solicitudes de traslado basadas en los ajustes del área de asistencia aprobados por la junta directiva se considerarán en base a los criterios identificados en la acción adoptada por la Junta Escolar. Para mas información por favor consulte la regulación 502.4.3AR, Transferencia De Estudiantes: Solicitud De Los Padres/Tutores/Alumnos Adultos, Procedimiento 502.2P, Prioridades de Asistencia para Estudiantes de Transferencia  y las acciones del consejo escolar correspondientes.

4.8    Solicitud de Padre/Madre/Tutor(a) /Estudiante Adulto(a)- las solicitudes de transferencia basadas en cualquier motivo diferente a las enumeradas en las secciones 4.1-4.6 anteriores deberán ser aprobadas o denegadas por el/la director/a a nivel de distrito correspondiente según el cupo disponible en la escuela solicitada. Para obtener más información, consulte la Regulación 502.4.3AR, Transferencias de Estudiantes: Solicitud de Padre/Madre/Tutor(a) /Estudiante Adulto(a)

5.  Informes- el superintendente o su designado/a informará anualmente a la Junta Escolar un resumen de las transferencias otorgadas entre el Distrito 196 y otros distritos escolares, y entre las escuelas del Distrito 196.

                                                                                                                                           

Referencias:          -    Minnesota Statute 120A.22, Compulsory instruction

                                -    Minnesota Statute 123B.88, Independent school districts; transportation

                                -    Minnesota Statute 124D.03, Enrollment options program

                                -    Minnesota Statute 124D.08, School boards’ approval to enroll in nonresident district; exceptions

                                -    Minnesota Statute 124D.68, Graduation incentives program

                                -    Stewart B. McKinney Act, Public Law 100-77 (homeless) 42 U.S.C. §11431-11435 (access of homeless children to a free appropriate public education)

                                -    Attendance Area Adjustments, District 196 School Board Meeting, December 13, 2021 Exhibit G3

                                -    Elementary Attendance Areas, Part Two, District 196 School Board Meeting, November 4, 2024