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204.8AR - Spanish Public Participation at School Board Meetings

204.8AR - Spanish Public Participation at School Board Meetings

Adopted: October 1977
Revised: November 2023

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1.     Se anima a los miembros del público a asistir a las reuniones de la Junta Escolar para informarse sobre los programas y las actividades del distrito, y para expresar sus inquietudes, comentarios y sugerencias a la Junta. Los miembros del público pueden participar en las reuniones ordinarias de la Junta Escolar como se describe a continuación.

2.     Intervención en los puntos del orden del día: las partes interesadas del Distrito pueden intervenir en los puntos del orden del día en las secciones de Informes, Asuntos pasados, Asuntos nuevos y Otras acciones de las reuniones de la junta cuando el presidente de la junta los reconozca.

2.1     Se pedirá a los intervinientes que se identifiquen e indiquen su participación como parte interesada del Distrito antes de proceder con sus comentarios.

2.2     Los ponentes podrán intervenir una vez por punto del orden del día durante un máximo de dos minutos. Con el fin de llevar a cabo los asuntos de forma exhaustiva pero eficiente, el número de personas que intervienen en cada punto del orden del día son siete.

2.3     Las "partes interesadas del distrito" elegibles para hablar se limitan a los residentes del distrito, propietarios de negocios o propiedades del distrito, empleados del distrito, estudiantes actuales y sus padres / tutores, contratistas del distrito, licitadores en contratos del distrito que están abiertos para licitación o adjudicados pero no completados, y representantes autorizados de los accionistas identificados anteriormente.

3.     Intervención en la Junta Escolar sobre temas no incluidos en el orden del día: con el fin de permitir que se escuche al público y, al mismo tiempo, llevar a cabo las reuniones de forma debida y eficiente, se han establecido procesos para las personas que deseen dirigirse a la Junta sobre temas que no están incluidos en el orden del día de la reunión. Como se indica en la sección 2.3, las partes interesadas que quieran dirigirse a la Junta deben completar una Solicitud Comunicación de Especial

3.1     Las partes interesadas puede presentar una solicitud (Procedimiento 204.8.3P, "Solicitud de comunicación especial") al asistente Ejecutivo del Superintendente y de la Junta Escolar. Las solicitudes deberán recibirse al menos cinco días laborables antes de la siguiente reunión ordinaria del consejo en la que deseen intervenir. Solo se considerarán las solicitudes para la siguiente junta, no para las posteriores.

3.2     Hasta 10 partes interesadas del distrito que presenten una Solicitud de Comunicación Especial dentro del plazo requerido tienen cuatro minutos para hacer sus comentarios en la próxima reunión regular de la Junta Escolar.

3.3     Si más de 10 partes interesadas del distrito envían una Solicitud de Comunicación Especial oportuna para hablar en la próxima reunión regular de la junta, el Asistente Ejecutivo del Superintendente y la Junta Escolar, o su designado, llevará a cabo una lotería después el plazo de presentación para determinar los 10 ponentes. Las personas que presenten una Solicitud de comunicación especial oportuna son notificadas de los resultados de la lotería.

3.4     Las solicitudes de comunicación especiales no se ofrecen en reuniones especiales o de emergencia.

3.5     Las presentaciones de Solicitudes de Comunicación Especiales y cualquier información relacionada se comparten con los miembros de la junta antes de la reunión.

4.     Pautas generales

4.1     Los ponentes pueden ofrecer de manera respetuosa una crítica objetiva del funcionamiento y los programas de las escuelas, pero la junta no escuchará en una sesión pública quejas sobre algún personal escolar específico u otras personas. Los comentarios emitidos por los miembros del público, no son necesariamente compartidos con el punto de vista de la junta o la administración.

4.2     Se les recordará a los miembros del público que comparezcan ante la junta que las preguntas y peticiones dirigidas a la junta serán normalmente diferidas hasta que se produzca el correspondiente examen por parte de la administración y de la junta.

4.3     Si cualquier ponente no se atuviese a las pautas anteriores, el presidente podrá dictaminar que el ponente está fuera de lugar y podrá exigirle que ponga fin a su presentación. Los ponentes que se descarten por improcedentes no podrán tener la palabra por el período siguiente de seis meses en ninguna reunión.

4.4     Oradores que abordan los puntos del orden del día. así como los oradores bajo Solicitud de Comunicaciones Especiales no pueden asignar su tiempo a otro orador. Los oradores no pueden combinar su tiempo y los espacios para hablar no son transferibles. Si un orador es acompañado en su presentación por otra (s) persona (s), la (s) otra (s) persona (s) también debe ser un interesado o un representante de un interesado y los oradores no recibirán tiempo adicional para presentar sus comentarios conjuntos.